La reforma del Código Penal establece la "libertad vigilada" para terroristas y delincuentes sexuales - Bermejo dice que la libertad vigilada "pasará el filtro constitucional"
El Gobierno aprobó hoy, en la reunión del Consejo de Ministros, el anteproyecto de ley de reforma del Código Penal, cuyo aspecto fundamental es el endurecimiento de las penas por los delitos sexuales cuando las víctimas son menores y la posibilidad de facultar a los jueces para suspender la prescripción de los más graves delitos de terrorismo y sus penas.
La propuesta del Gobierno incluye también la "libertad vigilada" para el control y seguimiento de terroristas y delincuentes sexuales, una vez cumplida la pena privativa de libertad.
La nueva norma recoge el alejamiento de los condenados por delitos sexuales y actos terroristas de sus víctimas y familiares y la obligación de realizar tratamientos médicos.
El ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, en su comparecencia ante los medios de comunicación, posterior a la reunión del Consejo de Ministros, explicó que el anteproyecto de reforma del Código Penal tiene entre sus ejes básicos dar respuesta jurídica a una demanda social endureciendo las penas por delitos de agresión sexual cuando las víctimas son menores.
Bermejo recordó el compromiso adquirido por el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, tras el debate social abierto por casos de especial gravedad ocurridos en los últimos tiempos, en referencia al 'caso Mariluz'.
Además, el titular de Justicia dijo que el nuevo texto incorpora cambios para proteger a las víctimas del terrorismo y a sus familias, transpone instrumentos penales internacionales y europeos en el ámbito interno y penaliza nuevas formas de criminalidad.
Bermejo explicó que algunas de las medidas incluidas en la reforma sólo son ajustes de otras ya existentes y de probada constitucionalidad. Sobre las más novedosas, se mostró confiado en que "pasarán el filtro de la constitucionalidad".
PRESCRIPCIÓN DELITOS
Con el objetivo de garantizar la seguridad jurídica de las víctimas, el Gobierno introduce la posibilidad de que la prescripción de un delito quede interrumpida cuando el juez instructor lleve a cabo una actuación material sustancial o bien cuando ordene a la policía judicial diligencias orientadas a la detención de una persona determinada.
La mayor novedad que incorpora, en este sentido, es que la presentación de denuncia o querella ante un órgano judicial y contra una persona determinada suspenderá el cómputo de prescripción.
Para los delitos de terrorismo que hayan causado una muerte, las más graves lesiones físicas o psíquicas o que hayan consistido en el secuestro de una persona, así como las penas impuestas por ellos, la reforma declara la "imprescriptibilidad"
MAS PROTECCIÓN A MENORES
El anteproyecto establece medidas para garantizar la mayor protección a menores de 13 años. El nuevo texto prevé la creación de delitos específicos de "abusos y agresiones sexuales a menores" y recoge también la agravante, con pena de hasta 15 años de prisión, cuando la víctima se encuentre en una situación de total indefensión por su escaso desarrollo intelectual y físico y, en todo caso, cuando sea menor de 4 años.
Cuando los abusos o agresiones sexuales sean cometidos por los padres, el juez podrá decidir la pérdida definitiva de la titularidad de la patria potestad.
LIBERTAD VIGILADA
La figura penal de "libertad vigilada" para terroristas y agresores sexuales, según la nueva normativa, tendrán lugar a partir de la finalización de la privativa de libertad.
El objeto de esta nueva figura es hacer frente a los casos en que las condenas de prisión no consigan el fin de la reinserción social del delincuente, lo que, según Bermejo, hace necesario la adopción de medidas que permitan el tratamiento y control de estos individuos después de cumplir la pena de cárcel.
Para garantizar el cumplimiento de esta medida, el juez o tribunal podrá acordar la utilización de medios electrónicos que permitan la localización del reo.
En el ámbito de la prostitución y la pornografía infantil, el anteproyecto de ley tipifica nuevas conductas, como la captación de menores para que participen en espectáculos pornográficos, o el ofrecimiento de pornografía infantil. A partir de esta reforma, también se incriminará la conducta del proxeneta cuando la relación sexual se lleve a cabo con un menor o incapaz.
NUEVOS DELITOS
El texto presentado por el Gobierno también establece medidas para impedir que los delincuentes se sirvan de los beneficios y facilidades que pueden obtener al asociarse de forma transitoria para la comisión de un delito.
Los delitos de urbanismo también tienen una respuesta más contundente en la reforma del Código Penal. A partir de ahora se perseguirá a los funcionarios y autoridades que silencien las infracciones urbanísticas que observen en el ejercicio de sus funciones.
La nueva normativa endurece también la trata de seres humanos para explotación laboral, sexual o extracción de órganos corporales.
El delito de acoso laboral, que se tipifica dentro de los delitos de torturas y contra la integridad moral, es otra de las novedades del nuevo texto. También introduce el nuevo tipo penal de piratería y el delito de corrupción entre particulares, además de endurecer el delito de cohecho.
(SERVIMEDIA)
http://ecodiario.eleconomista.es
La impunidad en los casos de 'bullying'
Hace 8 años
No hay comentarios:
Publicar un comentario