LA JUEZ CREE QUE SE AGREDIERON MUTUAMENTE
Un hombre retiene, agarra, insulta, empuja y golpea a una mujer en plena calle. Dos personas que intentan mediar avisan a la Guardia Urbana. Los agentes detienen al agresor y la víctima acude al hospital, lugar en el que le curan la mandíbula, donde le había alcanzado el agresor. Interpone la correspondiente denuncia, en la que explica que hace años que mantiene una relación con el arrestado, que la ostiga y la maltrata.
Pues bien, una juez de Barcelona ha condenado a la mujer por dar una bofetada al hombre cuando intentaba defenderse de su acoso y estaba siendo agarrada por el que había sido su compañero sentimental, que le impedía dejarlo. También ha condenado, sólo faltaría, al hombre aunque prácticamente a la misma pena.
La controvertida sentencia fue dictada por la titular del juzgado penal número 11 de Barcelona, que condenó al conocido financiero Fernando Conti al pago de una multa de 600 euros y a que indemnizara a la víctima por las lesiones causadas con 150 euros por una falta. La misma juez impuso idéntica pena de multa a María Manuela Núñez, que recurrió ante la Audiencia de Barcelona, pero que únicamente modificó el fallo de instancia para rebajar 400 euros la sanción económica impuesta a la víctima.
El tribunal provincial señaló en la sentencia que «los dos miembros de la pareja se agredieron recíprocamente y se produjeron similares lesiones», lo que desde luego no es cierto, ya que el hombre no sufrió herida alguna.
NANDO GARCÍA
www.elmundo.es
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