10 de abril de 2009

Más medios para la violencia sexista

Los procedimientos de violencia de género no sólo son gratuitos en Euskadi, sino que los llevan letrados especializados. En 2007, el Departamento de Justicia y los colegios de abogados reorganizaron y reforzaron el turno de oficio específico para el maltrato para mejorar el servicio a las víctimas, un colectivo que no dejaba de crecer año tras año. Si en 2004 fueron atendidas 2.181 personas (1.966 mujeres y 215 hombres), en 2008 sumaron 3.388 (3.069 mujeres y 319 varones).

Los refuerzos en el turno de oficio se introdujeron como complemento a la puesta en marcha de los juzgados de violencia de género, que tuvo lugar durante el verano de 2005. Los abogados asignados a esos procedimientos pasaron de doce a dieciséis, ocho como titulares y el resto de refuerzo. La atención se organiza por partidos judiciales, de manera que siempre haya letrados disponibles las 24 horas del día, no sólo para las mujeres, sino también para los hombres, que el pasado año representaron el 9,4% de las víctimas.

El convenio establecido entre los colegios de abogados de los tres territorios y el Departamento de Justicia estipula que los letrados deberán ofrecer asesoramiento gratuito a todas las personas que se planteen denunciar a su pareja y tramitar una orden de protección; posteriormente, un letrado se encargará del juicio rápido. El motivo del asesoramiento inicial es que la víctima sopese la decisión que va a tomar con toda la información posible. Sólo de esta forma su actuación será plenamente consciente.

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Absuelven a un hombre después de seis denuncias por agresión a su pareja

Se enfrentaba a 18 meses de prisión por maltrato, nueve de maltrato ocasional y tres años por delito de lesiones

La lista de delitos por los que Tamara acusó a su marido David se extendían a un total de seis. A saber, uno de malos tratos, uno de amenazas, tres de malos tratos ocasionales y uno más de lesiones. El hombre, de 20 años de edad, se enfrentaba a una complicada situación tras interponer su pareja una serie de denuncias en un juzgado de instrucción de El Ejido, lugar en el que ocurrieron, presuntamente, los hechos denunciados.

Tras la fase de instrucción, las diligencias iniciadas llegaron a los juzgados de lo penal de la capital almeriense. Allí, una vez valorados los hechos, el Ministerio Fiscal solicitó, en su escrito de conclusiones definitivas, un total de 18 meses de prisión por el delito de maltrato, 9 meses por cada uno de los de maltrato ocasional y amenazas y 3 años de prisión por el delito de lesiones. Un cúmulo de penas que ponían el horizonte de David muy sombrío. Los hechos que Tamara denunciaba se habían prolongado a lo largo de cinco años. Declaró que había sido agredida en alguna ocasión y amenazada varias veces incluso con una navaja. Sin embargo, la mujer sólo aportó su declaración y nada más. Ni partes médicos ni testimonios de terceras personas, por lo que su posición ante el juez se vio ciertamente debilitada.

De esta manera, los hechos que únicamente constaron como probados en el juicio fueron que David y Tamara estaban unidos sentimentalmente y que de su relación habían nacido tres hijos. Sin embargo, la convivencia se había ido deteriorando progresivamente en los últimos tiempos hasta el punto de que en enero de 2009 se separaron. Fue en esas fechas cuando Tamara denunció a David por los hechos que se juzgaron en este juicio.

Presunción de inocencia

El juez afirma que «aunque la relación en los últimos tiempos ha sido bastante mala, no consta que el acusado haya agredido, insultado o amenazado a la mujer». Por tanto, el principio de presunción de inocencia, consagrado en el artículo 24.2 de la Constitución, permitió a David quedar absuelto de sus cargos, pese a las penas muy serias que para él solicitó el fiscal. En el caso enjuiciado, la prueba practicada fue muy débil e insuficiente como para enervar la presunción de inocencia, es decir, con la entidad de las mismas nadie podría ser condenado. Señaló el juez en su resolución que «como medio de prueba para castigar al acusado por seis delitos nos encontramos, exclusivamente, con el testimonio de la denunciante». Muchos delitos y unas sanciones muy elevadas sólo sustentadas en una declaración que, además, incurrió en algunas contradicciones.

Así, la mujer dijo en alguna ocasión que la agresión se produjo en el dormitorio y en la siguiente declaración que fue en el cuarto de baño. Si a ello se une que no aportó partes médicos, pese a que alegaba lesiones cometidas incluso con una navaja, y que tampoco tenía testigos, la carga de la prueba se manifestó insuficiente.

Además, el acusado, que siempre negó los hechos manteniendo una versión coherente en todo momento, sí aportó el testimonio de su madre en la misma dirección que él. A ello se le unió el detalle de que la denuncia se interpuso casi un mes después de que acabara la convivencia y el mismo día en que el acusado recibió un dinero que, al parecer, iba destinado a sus hijos y que no entregó a la denunciante. Todas las circunstancias provocaron las dudas en el juzgador sobre cómo ocurrieron los hechos y dictó sentencia absolutoria.

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Las mujeres ganan un 60% menos que los hombres en la 'city' londinense

Las mujeres que trabajan en el sector financiero de Reino Unido, conocido como la city, cobran un 60% menos de media que los hombres, según un estudio de la Comisión por la Igualdad y los Derechos Humanos, recogido por la BBC. Pese a que el peso de hombres y mujeres es casi idéntico, sus salarios difieren mucho.

Mientras el 70% de los hombres ganó más de 29.400 libras de media (32.629 euros) en 2007 y 2008, el mismo porcentaje de mujeres percibió menos de esa cantidad. Las más perjudicadas son las que trabajan en gestión de fondos, venta de acciones e inversiones futuras.

Sólo el 11% de los jefes sénior del sector financiero son mujeres, porcentaje inferior al 28% que representan en la economía. "La city londinense está fracasando miserablemente al no desprenderse de su reputación machista", asegura el presidente de la comisión, Trevor Phillips.

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